Entrevistas

Sonia Escudero: El camino es tratar de democratizar más la justicia

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“El sistema penal es un instrumento muy peligroso, por eso hay que rodearlo de garantías y de cuidados.”

Ironías de la vida: Sonia Escudero, la senadora que impulsó la despenalización del delito de calumnias e injurias en cuestiones de interés público, afronta una denuncia penal por calumnias e injurias en un asunto de evidente interés público. Abogada, política y activista, Sonia fue senadora nacional por Salta entre 2001 y 2013. Su libro “Víctimas de la Justicia Patriarcal: el caso de Salta”, fue publicado en el año 2021 y analiza las irregularidades en la investigación de resonantes casos de femicidios en la provincia de Salta, a la par que propone una mirada crítica sobre la estructura del sistema legal salteño y su dependencia con respecto al poder político.
Uno de los casos que Sonia investigó y conoce al dedillo es el relacionado con los femicidios de Casandre Bouvier y Houria Mounmi, dos estudiantes francesas que fueron abusadas y asesinadas en 2011 y por los que fue condenado un hombre inocente: Clemente Vera.
Innocence Project Argentina habló con la abogada sobre su propia causa penal impulsada por un juez salteño, sobre el sistema legal de su provincia y sobre el caso que tiene prisionero a un hombre inocente. Un hombre que hace 6 años espera una respuesta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Innocence Project Argentina: Como senadora impulsaste una modificación al Código Penal muy específica, ¿nos podrías contar un poco, en rasgos generales, de qué se trataba?
Sonia Escudero: Se hizo en cumplimiento a una obligación internacional de la Argentina frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a partir de la derrota en el caso Kimel (1). Kimel era un periodista y escritor que cuestionó en un trabajo de investigación (2) el accionar de un juez y éste le inició una acción por calumnias e injurias. Kimel pierde el caso dentro del sistema legal argentino, va a la Corte Interamericana de DDHH y ésta obliga a la Argentina a modificar su legislación interna. Por eso es la modificación al Código Penal Argentino, que consiste en que a partir del año 2009 en ningún caso se considerará que existe delito de injurias y tampoco de calumnias cuando se trate de críticas en asuntos de interés público. Frente al derecho al honor que pueden tener funcionarios públicos (y los jueces son funcionarios públicos) y la libertad de expresión que exige el sistema democrático se prefiere proteger la libertad de expresión que es esencial para el sostenimiento de la democracia.
IP: Y ahora, en un giro irónico del destino, estás siendo acusada de calumnias e injurias, justamente por un juez de Salta.
SE: Sí, a comienzos del año 2021 recibí la notificación de estar acusada penalmente por los delitos de calumnias e injurias por haber cuestionado el accionar funcional de un juez, el Dr. Luciano Martíni, uno de los jueces que condenó a Santos Clemente Vera en el caso de las jóvenes francesas. Es también el mismo juez que en el año 2020 separa a la fiscal de Derechos Humanos que investigaba a un comisario por el armado de una causa contra un joven. Ese comisario, siendo policía, había plantado armas y un proyectil para incriminar a otro perejil, en este caso Clemente Vera, en el caso de las jóvenes francesas.
Pero el asunto no termina acá: el doctor Lucíano Martíni fue el primer presidente de una asociación de jueces que se organizó en Salta para tratar de modificar la Constitución por una sentencia judicial. Esto generó un escándalo jurídico político que terminó como corresponde: con una reforma constitucional llevada adelante por convencionales constituyentes elegidos por el voto popular (3). Lo que estaba en juego era la duración del mandato de los jueces de la Corte en el sistema de Salta. Durante mucho tiempo los jueces de la Corte ejercían su mandato durante seis años y podían ser designados nuevamente. A la par, tras sucesivas reformas, los gobernadores también podían ser reelectos. Así que se presentaba esta situación de gobernadores que ejercían durante 12 años y jueces de la Corte durante 6, lo que generaba que ese gobernador en su segundo mandato ya había designado a todos los jueces. Así que era un sistema que subordinaba completamente a los jueces de la Corte al poder político de turno. Eso fue modificado finalmente por una reforma constitucional y ahora los jueces de la Corte —a partir del 2021— están durante 10 años en sus funciones y no pueden ser designados nuevamente.
IP: ¿Y es al hacer la denuncia de todo este entrecruzamiento de poderes que surge la causa penal que estás afrontando?
SE: Yo entiendo que la publicación de mi libro “Víctimas de la justicia patriarcal: El caso de Salta”, en donde se habla de este entramado, está detrás pero lo que desata puntualmente la denuncia son un par de columnas de opinión que hago en una radio —“como matar al mensajero” en radio Aries (4)— cuando se separa a la fiscal que investigaba un hecho de corrupción muy claro. Yo empiezo a juntar cabos y a notar cómo se repiten los nombres: el nombre del policía corrupto, el nombre del juez que condenó a Vera sin pruebas. Y es en este punto donde aparece la denuncia por calumnias e injurias. Pero yo no inventé los hechos, estos hechos existen y lo que yo di fue mi opinión con relación a esos hechos.
IP: No sos la única persona que ha hecho denuncias con respecto a lo que está sucediendo en la justicia en Salta. ¿Hay una cuestión de género ahí?SE: Es posible. ¿Cómo una mujer se va a atrever a cuestionar toda la estructura del poder patriarcal que está muy abroquelada en el sistema judicial? Pero hay muchos medios que han sido muy críticos, el mismo Jean-Michel Bouvier —padre de una de las jóvenes francesas— ha sido muy crítico también con la justicia y sigue siéndolo. Hay muchos periodistas que siguen el caso y cuando hice mi investigación conté con la ayuda de mucha documentación de muchos periodistas que están interesados y siguen el tema.
Por eso, en 2020, cuando aparece el nombre del mismo policía Mamani y el mismo juez Martini, todo el periodismo que sigue este caso se hizo eco de esta situación tan compleja. La trama de relaciones entre la policía, jueces y fiscales es también impresionante.
En el caso de las jóvenes francesas lo primero que se observa son torturas por parte de los policías a los lugareños para que se hicieran cargo del crimen. Hay cinco denuncias de personas que fueron detenidas y la metodología es exactamente la misma: la técnica del submarino seco, que es poner una bolsa en la cabeza para generar asfixia, una técnica de tortura. Todos esos policías han sido denunciados y la causa avanza lentamente pues esto sucedió en 2011 y recién ahora fue elevada a juicio, pero todavía no tiene fecha de realización. ¿Y saben qué? La mayoría de los fiscales y algunos jueces se han excusado por amistad con los policías. La trama es tan siniestra que justamente estos policías —especialmente dos, Rodrigo Emanuel Bautista y Walter Mamani—, cuando concluye la investigación por el homicidio de las jóvenes francesas no solo son ascendidos sino que son trasladados al ministerio público para asistir a los fiscales. Eso ha generado, a lo largo del tiempo, situaciones de mucha amistad.
IP: ¿Cómo se utilizaron las torturas en el caso de Santos Clemente Vera?
SE: En este caso el tema de las torturas es verdaderamente espeluznante. El día 6 de agosto a la mañana el juez de instrucción ordena a este policía Bautista que detenga a Gustavo Lasi —al que sí se había llegado por una muy eficiente investigación que determina que el celular de una de las jóvenes estaba siendo usado por su novia-. La orden era que a la mañana detenga a Lasi y que a la tarde detenga a Vera. Pero contra Santos Clemente Vera no existía nada, ninguna sospecha. ¿Por qué lo va a detener? El oficial Bautista realiza la detención de Lasi y hace un informe al juez diciendo que este, espontáneamente mientras era trasladado, incriminó a Vera y a un sospechoso más, de apellido Vilte Laxi. Pero la orden de detención de Vera es previa, o sea, ¿el juez sabía que Bautista iba a informar eso? ¿Cómo es que ordena la detención antes de que hubiera declarado? Y esa historia armada por los policías es publicada por el diario El Tribuno de Salta el día 7 de agosto, especificando el rol que jugaba cada uno de los supuestos sospechosos, y el día 8 de agosto otro periódico, Punto 1, publica una declaración del gobernador que dice “hemos resuelto el caso”.
El abogado de Vilte Laxi, el otro perejil detenido, va al juez a ver quién declaró. Pero no había ninguna declaración. El policía que firma ese informe es el que inventó la película. El juez no puede hacer uso de algo que es absolutamente nulo: el informe de un policía reconocido como el torturador, que le hace decir al torturado algo que nunca dijo.
IP: Sorprende mucho que el armado es muy grosero, ¿ese nivel de impunidad se maneja en la justicia en Salta?
SE: En este caso sí lamentablemente. El otro policía, Mamaní, plantó unos casquetes de bala en la zona donde se encontraron los cuerpos, cuando ya los policías sabían que en la autopsia se había dicho que Houria había recibido un disparo de un arma calibre 22. La misma policía había hecho un rastrillaje sin encontrar nada y dos días después el policía Mamaní encuentra esos casquetes. Después, en otro juzgado, en una causa donde alguien había denunciado la desaparición de unas herramientas de jardinería, van a hacer el allanamiento en la casa de un jardinero de nombre Sarmiento y ahí plantan un arma que correspondía a esas balas que habían encontrado en el mirador. Esto se arma para incriminar a Vilte Laxi. Yo me puse a buscar en dónde está esa causa porque este señor Sarmiento denuncia al policía y dice “yo he visto y mi hijo vio cuando plantaban el arma”. Finalmente encontré esa causa, que no avanzó. Esa causa tan grave, por algo que fue de público conocimiento, fue cajoneada y ni siquiera figura como causa en la planilla prontuarial del comisario Mamaní.
No es normal que exista una denuncia tan grave contra policías y que no les pase nada y sigan la carrera. A uno de ellos lo encontramos pocos años después como comisario. Es muy grave.

El chivo expiatorio que debe ser sacrificado

IP: Para hablar de la causa contra Clemente Vera tendríamos que empezar por aclarar que fue absuelto en primera instancia, ¿no?
SE: Sí, justamente. El juez de instrucción cometió tantas irregularidades, tomó como válidas pruebas nulas —como esta supuesta confesión en sede policial que nunca existió pues están probadas las torturas— y ya vamos a hablar del tema de la manipulación de las muestras genéticas, todo eso sale a la luz durante el juicio oral.
En el juicio oral tuvimos tres jueces con mucha experiencia, que actuaron con total transparencia, convocaron a todos los testigos, escucharon a los peritos y resolvieron que no había pruebas para condenar a Vera ni a Vilte Laxi, así que los dos fueron absueltos.
Solamente había pruebas para condenar a Gustavo Lassi y así sucedió. Pero después, sorpresivamente, el Tribunal de Impugnación —con el juez Luciano Martini, que es el que me está denunciando por calumnias e injurias, y el doctor Arias Nallar— condenan a Vera con las mismas pruebas con que el Tribunal de Juicio lo había sobreseído, haciendo una valoración de pruebas nulas con una cantidad de errores, violando normativa y avasallando normas constitucionales pues el Código Procesal establece que cuando una persona ha sido absuelta en un juicio, si en la apelación se considera que las pruebas no fueron correctamente valoradas, ese tribunal de apelación no puede condenar. Tiene que devolver a otro tribunal para que haga un nuevo juicio, porque nadie puede ser condenado, primero, sin haber sido oído, y segundo, sin que exista un proceso donde haya oralidad, que sea público y con inmediación (5). Los jueces de apelación no pueden valorar declaraciones que no sucedieron en su presencia y esto es lo que hace ese tribunal de impugnación con estos jueces que condenan a Santos Clemente Vera.
IP: Hablemos sobre la prueba genética. Hay una cuestión y es que si nos dicen que el ADN dio positivo, listo, cerrado el caso. ¿Qué pasa en la causa contra Clemente Vera?
SE: Los jueces que condenan a Vera en segunda instancia dicen que el perito oficial encontró ADN de Vera, lo cual es falso. Con la prueba de ADN se identificó a Gustavo Lasi y obtuvieron el mismo resultado tres peritos genetistas (el oficial, el de la querella -prueba que fue realizada en Francia- y el de la defensa).
El perito oficial, de apellido Corach, manifestó haber acordado con el juez remitir informes parciales. Esto, en principio, ya genera dudas: si había recibido todo el material ¿por qué hacer informes parciales? Y es así como, en un primer informe este perito no encuentra material genético de Vera. Pero, en un informe posterior -donde decide hacer un pool de muestras, es decir, mezclar muestras- realiza la prueba del cromosoma Y que identifica el linaje pero no a una persona. Es el cromosoma Y lo que se utiliza, por ejemplo, para ubicar a los nietos desaparecidos.
Eso fue muy debatido en el juicio. Yo estuve presente en la audiencia cuando declaró el perito Corach y este fue enfático, dijo: ”esta prueba no identifica al individuo. Lo que va a decir que este es el individuo de ese linaje que estuvo presente es el resto de la prueba”. ¿Y cuál es el resto de la prueba? Ninguna, no hay pruebas que identifiquen a Vera en ese lugar.
El perito Corach también reconoció en la audiencia que había presiones por tratarse de un caso de interés internacional.
Pero hay más: cuando le informan a Vera que el perito Corach había encontrado estos rastros de su linaje, él pide hacer la contraprueba. Cuando llega su perito a Salta y va al juzgado a asumir el cargo y a recibir las muestras genéticas, le informan que las muestras han desaparecido. El juez de instrucción procesó a Vera antes de que el perito de parte recibiera las muestras de Francia para hacer su contraprueba.
En la sentencia que condena a Vera en segunda instancia, ¿qué dicen los jueces? Que el perito de parte voluntariamente pidió analizar las muestras que había analizado su colega francés. Pero, en realidad, al perito de Vera no le quedó alternativa para poder hacer la contraprueba. O sea, esto ya vicia el derecho constitucional de defensa.
Lo que también resulta muy grave en esa sentencia condenatoria es que interpreta que el perito oficial Corach incluyó a Santos Clemente Vera como portador del ADN encontrado y eso, repito, es diametralmente opuesto a lo que Corach afirmó enfáticamente frente a los jueces del tribunal de juicio: “esa no es prueba para condenar”.
Hay también una cuestión de manipulación de las muestras genéticas. Vayamos por partes: el 29 de julio a la noche encuentran los cuerpos. La médica forense hace la autopsia y toma muestras genéticas el 30 de julio por la mañana. Supuestamente el día 3 se tomaron nuevas muestras. Pero no existe en el expediente ninguna constancia de que hubiera habido nuevas tomas de muestras, porque tendría que decir quién fue el profesional y dónde se hizo. Lo que sí existe es un informe, entregado por Salta a la presidenta Cristina Fernández para que lleve a Sarkozy a Francia. En ese informe se afirma que el día 3 se hizo la entrega de los cuerpos a los familiares. Es gravísimo y es suficiente para anular completamente esa prueba.
Los tres peritos fueron contundentes: el ADN de Gustavo Lassi está. El perito francés y el perito de parte dicen que Vera no está. El perito oficial dice que juntando las muestras logra identificar un cromosoma que en realidad corresponde a la patrilínea, que son hasta 15 generaciones. Es decir, podría ser alguien que comparte abuelo, bisabuelo. Imagínense el universo de personas. De ninguna manera la prueba del cromosoma Y que identifica el linaje puede ser utilizada para condenar a la máxima pena, la prisión perpetua. Esto es una locura, sumado a la desaparición de las muestras genéticas. Es un avasallamiento de garantías constitucionales.
IP: Al leer la causa y tu libro descubrimos cientos de irregularidades, como lo que ocurre con el levantamiento de los cuerpos, y muchas tienen que ver con presiones externas al aparato de justicia. ¿De dónde venían todas esas presiones?
SE: Hay una falla institucional y es que la policía depende del poder ejecutivo. Entonces, en este caso, el secretario de Seguridad —que es un funcionario político que responde al gobernador— es el que se hizo presente la noche del encuentro de los cuerpos. Él y el juez de instrucción dan la orden a los policías que estaban en el lugar de que los cuerpos se levantaran inmediatamente. A las 3 de la mañana se llama a los bomberos para que retiren los cuerpos y los lleven a la morgue del hospital, cuando todos los policías que tienen gran experiencia decían que era mejor esperar solamente tres horas a la mañana y trabajar el lugar con la presencia de los cuerpos, porque eso iba a favorecer la investigación. Pero lo que sucede, y lo dicen los testigos que pasaron por el juicio y los jueces en los fundamentos de la sentencia que absuelve a Vera, es que había más de veinte personas, todos pisando en el lugar. Así que obviamente la intención no era descubrir qué es lo que había pasado, la intención era encubrir posiblemente qué es lo que de verdad sucedió.
Hay otro hecho importante que da la pauta de esta intención de no descubrir la verdad y es que en el análisis que se hace de las comunicaciones con el teléfono de Houria Moumni —una de las víctimas— aparece un mensaje de texto recibido el día 15 de julio, a las 14.28. De ese día hay una foto de ellas dos sentadas en la confitería que está al pie del mirador donde encontraron los cuerpos, como esperando a alguien. El número de teléfono del que se envió el mensaje de texto está en el expediente. Y cuando en el juicio le preguntan al policía por qué no investigó ese número responde “porque el juez no me lo pidió”. O sea, el juez nunca pidió que se averigüe a quién correspondía ese número del que se envió el último mensaje de texto que recibió el teléfono de Houria antes de que desaparecieran, porque no se sabe más de ellas después del 15 de julio. Y el oficial Ríos, quien hace la investigación de los teléfonos, dice en su informe escrito que si se quiere conocer el emisor del mensaje solamente había que mandar un oficio a la Secretaría de Inteligencia. Nunca se hizo. Y Bouvier —el padre de una de las víctimas— lo pidió en el juicio. Y la respuesta del fiscal del juicio fue “nosotros no somos investigadores, nosotros actuamos con lo que hay”. Todo orientaba a que las jóvenes tenían conocidos en Salta. Lo dice la dueña del hotel donde se hospedaron, que ellas habían dicho que se iban a San Lorenzo a encontrarse con amigos.
Esa línea de investigación, que el entonces jefe de la brigada de investigaciones —el comisario Pícolo— estaba siguiendo, se interrumpe con la muerte violenta del comisario al principio de la investigación. Ahí hay otra cuestión que tuvo un efecto muy disciplinador. Hay mucho para modificar institucionalmente pues es muy negativo que la investigación en procesos criminales esté en manos de la policía que depende del poder político. Debería haber una policía judicial con investigadores judiciales que no estén subordinados al poder político. Todos los policías que investigaron y que cometieron todas estas irregularidades fueron todosascendidos por el poder político antes de que el crimen estuviera esclarecido.
IP: Hay una idea que nos resultó muy llamativa en tu libro y es que Clemente Vera es un chivo expiatorio que debe ser sacrificado para satisfacer el pedido de justicia que surge desde la sociedad ante un crimen atroz. ¿Nos puedes hablar un poco de este enfoque punitivista de la justicia y las consecuencias reales que puede tener?
SE: Lo dice el profesor Luigi Ferrajoli: el sistema penal es un instrumento muy peligroso, por eso hay que rodearlo de garantías y de cuidados, porque muchas veces lo que pasa es que se ejecuta a la persona equivocada, como es el caso de Santos Clemente Vera.
Cuando hay un crimen y cada vez que hay un femicidio la gente busca justicia, pero las personas quieren verdad y justicia, no un chivo expiatorio. Y muchas veces lo que hace el poder político es presionar a la policía para que encuentre a alguien y satisfacer esta ansia de justicia que pide la sociedad, para calmarla.
Desde ese punto de vista, Santos Clemente Vera es esa víctima sacrificial que eligió la policía, siguiendo instrucciones del poder político. Pero la sociedad no se ha calmado porque sigue pidiendo verdad.
IP: ¿Por dónde empezamos a cambiar este sistema que realmente está tan mal?
SE: Hemos logrado hacer algunas reformas. En el año 2021 se hizo una reforma constitucional, muy limitada a mi gusto, pero que por lo menos solucionó un problema sistémico muy grave que era la duración del cargo de los jueces de la Corte, como mencioné antes. Lo que queremos es separar esa dependencia que había de parte de los Jueces de la Corte con el poder político. Pero hay mucho más para hacer porque la Corte tiene facultades extraordinarias sobre los jueces inferiores, preside el consejo de la magistratura que determina quiénes ingresan y quiénes ascienden, preside el jurado de enjuiciamiento que determina a quiénes destituimos. La Corte decide con qué recursos materiales y humanos va a contar cada juzgado. Ese poder extraordinario genera una falta de independencia interna de los jueces. Si tenemos jueces muy permeados por el poder político que tienen tantas potestades sobre los jueces inferiores no vamos a tener una justicia independiente.
El camino es tratar de democratizar más la justicia, que en instituciones como el Consejo de la Magistratura, como el Jurado de Enjuiciamiento, haya apertura a ciudadanos comunes. Hay que trabajar mucho por la democratización de la justicia y por más transparencia.
IP: Para cerrar, retomando la pregunta inicial. ¿Qué sigue ahora con respecto a esta denuncia que le hicieron por calumnia?
SE: Esta acción debió ser rechazada porque no es una acción penal. El juez podría haber ido directamente a una acción civil por daños y perjuicios, pero obviamente controlan la justicia penal. Estoy tratando de encontrar jueces imparciales. Me tienen que juzgar jueces penales de primera instancia. Acabo de recusar al juez que estaba actuando. Tuve que cambiar de abogado. Seguramente vamos a terminar en la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su momento.
IP: Igual que la causa de Clemente Vera.
SE: Igual que Vera, sí (6).

  1. https://www.corteidh.or.cr/cf/Jurisprudencia2/ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=291
  2. KIMEL, Eduardo (2010). La Masacre de San Patricio. Editorial La Página S.A.
  3. Sonia escudero fue electa Convencional Constituyente en 2021 y trabajó en la modificación del mandato de los jueces de la Corte de Salta.
  4. Columna de opinión “Cómo matar al mensajero” en radio Ares: https://ariesonline.com.ar/contenido/50606/como-matar-al-mensajero
  5. El principio de inmediación indica que el juez debe estar presente en la audiencia de manera continua. La causa de Santos Clemente Vera está desde hace 6 años en espera de una resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Mientras tanto él continúa preso.