RODRIGUEZ, Sebastían Ariel s/ Recurso de Casación

RESUMEN DE LOS HECHOS

El 30 de abril de 2018, alrededor de las 5:00hs., cuatro personas ingresaron disparando a la Comisaría Distrital Noroeste 1ra. de San Justo con el objetivo de liberar a una persona detenida. No lo lograron, pero una mujer policía quedó hemipléjica.

A partir del secuestro del celular de una de las personas implicadas en el hecho, surgió que otra de las personas que participó respondía al nombre de “Seba”. Luego de “investigaciones encubiertas” de la policía, se determinó que NN Seba era Sebastián Ariel Rodríguez. Sin embargo, no hay explicación alguna sobre cómo se cubrió el salto lógico entre la aparición de “NN Seba” y que ese individuo era Sebastián Ariel Rodriguez. De modo contrario, respecto de los demás coimputados se pudo corroborar su vínculo con el hecho. Asimismo, estos afirmaron que Sebastián Ariel Rodríguez no participó y que tampoco lo conocían.

Para cubrir la falencia probatoria sobre la identidad de NN SEBA, los sentenciantes se basaron, por un lado, en la comparación de una grabación de audio de WhatsApp perteneciente a NN Seba y la voz de Sebastián Ariel Rodríguez durante su declaración en el debate oral. El Tribunal concluyó que se trataba de la misma persona dado que, por su apreciación personal, el tono de voz y la forma de expresarse eran similares. Sin embargo, dicha valoración no está respaldada por un mínimo de rigor científico. Incluso, la fiabilidad de los métodos forenses de comparación de voz se hallan sujetos a debate en el ámbito científico.

Por otro lado, se apoyaron en el testimonio y posterior reconocimiento del testigo D.S.A, quien se encontraba en una parada de colectivo cercana a la comisaría. En relación con el testimonio, su fiabilidad se ve en extremo comprometida, puesto que no se corrobora con las declaraciones de los demás testigos. Asimismo, el dictado de rostro que realizó D.S.A. dista muchísimo de las facciones que tiene Sebastían Ariel Rodriguez. A pesar de que estas incongruencias debieron ser sopesadas y consideradas en la sentencia para valorar la fiabilidad del reconocimiento, el Tribunal realizó una valoración acrítica sin detenerse en analizar estas contradicciones.

Corte

Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires.

Temas

Estándar jurisprudencial de valoración probatoria.

Reconocimiento de personas.

Reconocimiento por voz.

Número de caso

110647

Argumentos de IP

La falibilidad de los reconocimientos en general. 

Las irregularidades del reconocimiento en el caso en concreto. En primer lugar, no se siguieron las recomendaciones científicas para minimizar la posibilidad de errores y la formación de falsas memorias. En segundo lugar, el Tribunal ignoró que la declaración de D.S.A. no se corroboraba con la declaración de los demás testigos. En tercer lugar, solo se realizó una rueda de reconocimiento, a pesar de que varios testigos afirmaron que podrían reconocer a los agresores.

La arbitrariedad en la valoración de la prueba de las voces de los audios. 

Los métodos forenses de comparación de voz y sus problemas.

La prueba en favor de la defensa fue descartada de manera arbitraria

Decisión

Pendiente

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